Dice el artículo 38.2 de la Ley Orgánica 1/1979, General Penitenciaria, que las internas podrán tener en su compañía a los hijos que no hayan alcanzado los tres años de edad, es decir, las presas podrán vivir privadas de libertad en la cárcel junto a sus hijos, también privados de libertad, hasta que éstos cumplan los tres años.
Para ello, y posibilitando así realizar una vida familiar dentro de una institución penitenciaria, se han creado las Escuelas Madres, que son una serie de iniciativas que cubren todas y cada una de las necesidades de formación integral de estas internas, atendiendo a su condición de madres, y a que cubran un itinerario formativo enfocado a su inserción laboral.
Entre estas iniciativas se encuentran la creación de pequeños módulos orientados a la madre y al menor, escuelas infantiles, además de una serie de medidas que garantice al menor las horas de descanso y juego que necesiten.
Sin duda es un tema espinoso, que no para de levantar polémicas en los países donde se le permite a las reclusas esta opción, ya que no es exclusivo de España, puesto que también están implantados en otros estados como México.
Personalmente no consigo posicionarme en ninguno de los dos bandos. Son muchas las circunstancias que habría que valorar para decantarme por una opción u otra, porque, ¿ es justo que viva en esas condiciones ?, ¿ sería igual de injusto no tener la figura de la madre en sus primeros años de vida ?. Y en caso de vivir en la cárcel, ¿ sería peor separarse a los tres años de la madre, una vez acostumbrados a vivir con ella, que crecer en la familia sin ella?, ¿ y si la familia es desestructurada o no tiene medios para darle una vida digna y adecuada al niño?
Y una cuestión más difícil de responder aun, ¿ deberían estar exentas de cárcel este tipo de madres?, ¿ podría dar lugar el embarazo a una libertad para la presa para el mejor cuidado de su pequeño? ¿ quizás una libertad temporal hasta que el niño cumpla una determinada edad?
Muchas preguntas que plantear, y difíciles respuestas para dar, ya que considero que se debe atender al caso en concreto para permitir a un pequeño crecer entre puertas de seguridad y muros, con más comodidades, pero sin la libertad de cualquier niño de su edad.
Y vosotros, ¿ qué pensáis?
Juan Manuel Maldonado León.